viernes, 20 de diciembre de 2013

Derecho al agua y al saneamiento en la agenda post-2015

http://www.ongawa.org/wp-content/uploads/2013/12/Portada-espa%C3%B1ol.jpgA partir del año 2015 los Objetivos de desarrollo sostenible definirán la agenda global para el desarrollo. Se pretende por un lado dar continuidad a los Objetivos de desarrollo del Milenio, que han marcado la agenda durante los años 2000 a 2015, pero también corregir aquellos errores y mejorar procesos a partir de los aprendizajes de estos años.

Como sabemos, el derecho al agua y al saneamiento no quedó recogido explícitamente en los ODM, pero recientemente ha habido cambios y avances muy importantes en su reconocimiento como derecho. En este sentido, era necesario que la próxima agenda de desarrollo contemplase estos compromisos. Esto ha hecho que en los últimos años se han llevado  a cabo diferentes procesos de consulta, siendo uno de los más relevantes el promovido por el Programa Conjunto de Monitoreo de la OMS y UNICEF, que ha hecho un esfuerzo por tratar de definir nuevas metas e indicadores a partir de los criterios y principios del derecho al agua y al saneamiento. 

Acaba de publicarse un informe que analiza las metas y los indicadores de agua, saneamiento e higiene post 2015 del Programa Conjunto de Monitoreo desde el punto de vista de los derechos humanos y presenta desafíos y las recomendaciones para implementar esta propuesta de seguimiento a escala local: Metas e indicadores post-2015 en agua y saneamiento: una revisión desde un enfoque de derechos humanos.

Este informe ha sido elaborado por el Instituto universitario de investigación en Ciencia y Tecnologías de la Sostenibilidad (IS.UPC) de  la Universitat Politècnica de Catalunya, en el marco de un proyecto de ONGAWA, Ingeniería para el Desarrollo Humano, financiado por la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

lunes, 16 de diciembre de 2013

Derechos humanos para todas y todos en el Post-2015


350 organizaciones de derechos humanos exigen la inclusión transversal del Enfoque de derechos humanos en la agenda mundial de desarrollo post-2015


Los Objetivos de Desarrollo del Milenio están a punto de cumplir sus plazo de cumplimiento, y la comunidad internacional debería, según 300 organizaciones civiles de todo el mundo, adoptar un enfoque de derechos humanos a la hora de promover el desarrollo post-2015, que reconozca los derechos y dignidad de todas las personas.
El nuevo marco de desarrollo post-2015 ha de ser entendido como una herramienta para potenciar y permitir a las personas -individual y colectivamente- vigilar y exigir a sus gobiernos, a otros gobiernos, a las empresas, a las instituciones internacionales y a otros actores del desarrollo a dar cuenta de sus acciones, dentro y más allá de sus fronteras.

Un marco de desarrollo sostenible fundado en los derechos humanos puede servir como instrumento para ayudar a la gente y a los países a remover los obstáculos estructurales al desarrollo sostenible, inclusivo y justo, prevenir los conflictos y estimular la implementación y exigibilidad de todos los derechos humanos: civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, el derecho al desarrollo y al medio ambiente sano.    

Esta alianza de organizaciones de derechos humanos -entre las que se cuentan Amnistía Internacional, Oxfam Internacional, Plan y Médicos del Mundo-  exigen que en el marco de desarrollo post-2015 se respeten y reflejen las normas legales pre-existentes de derechos humanos, los estándares y los compromisos políticos que los gobiernos ya han aceptado: las normas y pactos internacionales de derechos humanos, ambientales y humanitarias, así como los documentos adoptados por consenso en las conferencias internacionales, todos estos acuerdos deben formar una base normativa no negociable. 

Lee el documento conjunto con los 10 puntos básicos para una agenda de desarrollo 2015 que incorpore un enfoque transversal de derechos humanos,  en la web del CESR, Centro por los Derechos Económicos y Sociales. 



lunes, 9 de diciembre de 2013

10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos y XX aniversario de la Conferencia de Viena


Si durante la Guerra Fría tanto los Estados como las organizaciones internacionales de derechos humanos se decantaron por proteger o reclamar los llamados derechos civiles o políticos,- derecho a la libertad de expresión, de asociación, a un juicio justo, a la participación política, a la protección contra la tortura y otros tratos crueles o degradantes, etc.-, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos que se celebró en Viena hace hoy 20 años, en 1993, se consiguió aprobar un enfoque más equilibrado de los derechos, dejando claro que igualmente fundamentales y dignos de protección eran los derechos económicos, sociales y culturales, en los que se engloba actualmente el derecho a una vivienda digna, el derecho a la alimentación, el derecho humano al agua, el derecho al trabajo, a la seguridad social y el derecho a la salud y a la educación. Todos ellos son jurídicamente vinculantes, en la medida de los recursos disponibles y contando con la ayuda internacional,  para los estados que han ratificado el PIDESC, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

En la Conferencia de Viena de 1993 se estableció la firme interdependencia, indivisibilidad e interrelación de todos los derechos humanos; además se creó el mandato del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que supuso un nuevo espaldarazo de la comunidad internacional al sistema de derechos auspiciados por Naciones Unidas, basado en los dos Pactos internacionales y las diversas Convenciones sobre áreas específicas de los derechos humanos.

En un contexto como el actual, en el que asistimos a recortes importantes en los derechos humanos, no podemos olvidar la historia, y todos los esfuerzos que se hicieron durante años para conseguir muchas cosas que ahora están amenazadas.

Para recordar 20 logros fundamentales en la protección de nuestros derechos, destacamos este especial de Naciones Unidas:
especial ONU derechos humanos 2013 http://www.un.org/es/events/humanrightsday/2013/achievements.shtml

lunes, 2 de diciembre de 2013

Empresas y derecho al agua y al saneamiento


 UN Guiding Principles on Business and Human Rights
Hace unas semanas se celebraba en Sevilla un congreso sobre la implementación de los Principios Rectores sobre empresas y derechos humanos de Naciones Unidas. También esta semana tendrá lugar en Ginebra el Segundo Foro anual sobre Empresas y derechos humanos. En este foro se analizarán los avances en estos principios y los impactos de las empresas en los derechos humanos. 
Al hilo de esta jornada, presentamos un artículo sobre el papel de las empresas como titulares de obligaciones y responsabilidades en la garantía y realización del derecho al agua y al saneamiento.
Aunque no hay duda en que los Estados son los últimos garantes de este derecho, el problema se plantea cuando en alguna de las fases de la gestión de servicios esenciales a la poblacion ( como es el caso del agua y el sanamiento), intervienen otro tipo de actores diferentes a los estatales, bien sea a traves de la administracion directa, prestación delegada de servicios o prestación informal. Situación que además es cada vez más usual.
Sea cual sea el  modelo de gestión, el debate privatizaciones versus gestion estatal, adquiere un especial matiz cuando estamos hablando de la gestión de un servicio que es un derecho humano. 
En este sentido, no podemos perder de vista el marco normativo internacional, que en este aspecto se ha manifestado en varias ocasiones, señalando que aunque un estado privatice la gestión del agua y del saneamiento, tiene la obligación de supervisar  a quien presta el servicio, y velar porque esa gestión privada se realice de manera coherente con el efectivo ejercicio del derecho. Esto implica que aquellos actores que asuman este rol se comprometen con los estándares internacionales y las categorías y elementos que conforman el derecho al agua y al saneamiento, y por tanto pasan a ser titulares de obligaciones y responsabilidades del derecho. 
Pero también los actores privados que asumen la gestión de servicios de agua y saneamiento se corresponsabilizan y asumen responsabilidades y obligaciones para lograr la plena realización del derecho y lo que esto implica. La empresa que gestiona servicios relacionados con el derecho al agua y al saneamiento debe por tanto poner en práctica diferentes medidas que incluyan el compromiso político de respetarlo, la debida diligencia para identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas, y contemplar procesos de reparación de todas las consecuencias negativas que puedan producirse.

Privatizar un servicio que es un derecho humano no puede implicar un vacio legal que exonere de responsabilidades y obligaciones a todos los actores implicados en la garantía y realización del mismo.