A finales de mayo un juzgado de la Niñez condenó al Estado y
ordenó a más de veinte instituciones promover acciones de carácter inmediato
para proteger a los afectados. Constituye una sentencia muy importante al
condenar al Esatdo por incumplimienteo de los derechos económicos, sociales, y
culturales de las poblaciones afectadas y por la omisión de no protección a los
niños y niñas de esta comunidad al no garantizar su derecho efectivo a una
alimentación.
La población demandada alegó la situación de desnutrición severa que tenían sus hijos y cómo esta situación les colocaba en peligro de muerte por la falta de alimentación.
El litigio ha durado más de un año y medio y se fundamentó
en la Ley de Protección de la Niñez, que obliga al Estado de Guatemala a
garantizar el bienestar de los niños.
En Guatemala uno del cada dos niños menores de cinco años
padece desnutrición crónica.
El derecho a la alimentación está recogido en la Declaración Universal de los Derechos humanos ( art. 25), y en el artículo 11 del PactoInternacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, asi como en otras muchas Convenciones y tratados internacionales.
Comprende el acceso físico y económico, de forma continuada,
a una alimentación adecuada y a los medios necesarios para obtenerlas, tal y
como se desprende de la Observación General nº 12 del Comité DESC.
Para más información se recomienda visitar la página de la Campaña Derecho a la alimentación.
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